Suprema Corte Extiende Licencia de Paternidad a Tres Meses con Sueldo Íntegro

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La SCJN de México dictamina licencia de paternidad de tres meses con sueldo íntegro, equiparándola a la maternidad. Un paso histórico contra la desigualdad de género y por la corresponsabilidad en la crianza.

En un fallo trascendental con fecha 20 de diciembre de 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ha resuelto a favor de los padres trabajadores, consolidando el derecho a una licencia de paternidad de hasta tres meses con sueldo íntegro. Esta decisión, que equipara la licencia de paternidad con la de maternidad, representa un avance significativo en la lucha por la igualdad de género y la promoción de la corresponsabilidad en la crianza en el país.

La resolución del Máximo Tribunal se erige sobre un precedente importante establecido en 2021, cuando la propia SCJN otorgó a sus empleados licencias de paternidad de tres meses con goce de sueldo, bajo la premisa de que “combatir la desigualdad estructural que sufren las mujeres debe hacerse desde casa, trabajo, sociedad y Estado”. Este criterio fue reafirmado y ampliado en mayo de 2025, cuando la Corte invalidó normativas que restringían la licencia de paternidad a solo diez días, argumentando que tales diferencias resultaban “desproporcionales” y cargaban de manera casi exclusiva el cuidado infantil sobre las madres.

El argumento central de la Suprema Corte subraya la necesidad de romper con los estereotipos de género que tradicionalmente asignan a las mujeres la crianza como obligación principal. Esta división de roles genera una considerable carga de trabajo no remunerado para las mujeres, lo que a menudo obstaculiza su desarrollo profesional y económico. Al extender la licencia de paternidad, la SCJN busca fomentar una crianza compartida que “sienta las bases para una mayor igualdad de género en el hogar y en la sociedad”, beneficiando tanto a madres como a padres en sus trayectorias laborales y personales.

Además de los beneficios en el ámbito doméstico y familiar, la Corte enfatizó el impacto positivo de esta medida en el entorno laboral. La corresponsabilidad parental, al reducir la percepción de que las mujeres se ausentarán por periodos prolongados debido a la maternidad, contribuye a disminuir la discriminación en la contratación de mujeres y a cerrar la brecha salarial de género. Esta decisión fortalece el compromiso institucional de impulsar “más mujeres, en más y mejores puestos”, promoviendo ambientes de trabajo más equitativos e inclusivos. Permitir a los hombres ejercer una paternidad más plena también favorece un mejor desarrollo de las infancias, que gozarán de una crianza compartida.

Un ejemplo concreto de la aplicación de este nuevo criterio se vio en la invalidación de una porción del artículo 29 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California Sur. Dicha normativa otorgaba 90 días naturales de licencia a las madres, mientras que los padres solo disponían de 10 días hábiles, una disparidad que fue considerada inconstitucional por violar el principio de igualdad y corresponsabilidad en el cuidado de los hijos. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) había impugnado esta ley, señalando su carácter discriminatorio.

Con este fallo, la SCJN ha emitido un exhorto al Congreso de Baja California Sur para que, en un plazo de doce meses, realice los ajustes legislativos necesarios para ampliar progresivamente la licencia de paternidad, equiparándola a la de maternidad. Se espera que este precedente, al generar jurisprudencia, impulse reformas similares en otras entidades federativas, marcando un hito en la legislación laboral y familiar de México. Adicionalmente, la Corte estableció que la prórroga de tres meses adicionales de licencia en casos de discapacidad o necesidades hospitalarias del menor debe aplicarse de manera equitativa a ambos progenitores.

Aunque la decisión fue mayoritaria, con nueve votos a favor, no estuvo exenta de debate. La ministra Yasmín Esquivel Mossa votó en contra, argumentando que la Corte no tiene la facultad para fijar la duración de las licencias y que esta competencia corresponde a los congresos locales, aludiendo a posibles impactos económicos y presupuestarios de la implementación de la medida. A pesar de estas consideraciones, la mayoría de los ministros priorizó los derechos fundamentales a la igualdad y la no discriminación.

Actualmente, la Ley Federal del Trabajo (LFT) en México establece un permiso de paternidad de solo cinco días hábiles con goce de sueldo para los padres por el nacimiento o adopción de un hijo, mientras que la licencia de maternidad es de doce semanas (aproximadamente tres meses). La decisión de la SCJN representa una armonización necesaria entre la legislación y los principios de igualdad de género, posicionando a México en una senda de modernización en línea con tendencias internacionales, donde países como Corea del Sur o Noruega ofrecen periodos de paternidad significativamente más amplios que el promedio de la OCDE. Este dictamen no solo transforma el marco legal, sino que impulsa un cambio cultural profundo hacia una sociedad más equitativa y corresponsable en la crianza de las nuevas generaciones.

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